sábado, febrero 05, 2005

Machismo y violencia en la sociedad

El Señor Feudal "podrá acostarse con la esposa del recién casado" dice un artículo de la ley Normanda. En su redacción de 1419, luego de numerosos conflictos ocurridos por causa de este derecho estatal, se atenúan anteriores disposiciones agregando la posibilidad de evitarlo "si éste (el recién casado) o sus parientes [...] entregan el dinero del rescate".(1)
Tal beneficio para los poderosos no merecería mayores comentarios. Basta una reflexión accesible al cerebro menos cultivado para comprender que, desde los orígenes de la organización humana, los criminales, despiadados, astutos, audaces, fueron estableciendo su dominación sobre los demás, obligándolos a cumplir hasta sus exigencias más humillantes. El detalle singular es, sin embargo, que quienes ejercían este derecho brutal, de copular con la joven esposa antes de su esposo legal -o copular, cuando se les antojase, con las hijas de las numerosas familias que habitaban sus extensos campos- eran llamados "Príncipes Cristianos".
La cuestión suscita entonces la inquietud por saber en cuáles preceptos de Jesús, llamado "El Cristo" o "El Mesías" fundamentaron su legislación secular los obispos de la Iglesia. (2) Pues a partir de la consagración del Estado a la Iglesia Católica, efectuada por el emperador Constantino en 312, la jerarquía episcopal fue adquiriendo un predominio ideológico sobre la sociedad que alcanzó su mayor influencia precisamente en la Edad Media. (3)
Veamos, entonces, qué dicen los Evangelios (transcripción universalmente aceptada de las palabras de Jesucristo) sobre este asunto. "Os han enseñado que se mandó `No cometerás adulterio´. Pues yo os digo: Todo el que mira a una mujer casada excitando su deseo por ella, ya ha cometido adulterio en su interior" (Mateo 5:27-28).
Parece muy claro. El cristiano (llamado así por considerárselo seguidor=imitador de Jesús) no debe siquiera "excitar su deseo (interiormente) hacia una mujer casada". Se infiere que menos aún debería expresar este deseo ante otras personas, precipitando más su caída en el pecado si se atreviera a confesar dichos deseos a la señora misma que está codiciando. ¿Qué decir del atrevimiento a copular con ella, y -mucho peor- obligar a su esposo legal a esperar en la habitación contigua, consumido por la humillación y la vergüenza, mientras el duque, el conde o el rey, penetra una y otra vez como se le antoja a la mujer amada, a la muchacha dulce, que quizás ha venerado en secreto el esposo desde la infancia de ambos, por la cual posiblemente ha esperado muchos años para ofrecerle ser madre de sus hijos, compartir la vida con él, para una vez obtenido este privilegio sagrado, verse obligado a tolerar de esta manera injuriosa el mancillamiento salvaje de su alianza?

No solamente los normandos, que dominaron Inglaterra y gran parte de Europa durante muchos siglos, se gobernaban con esta legislación bárbara. El "derecho de pernada" era una cláusula prácticamente universal en el sistema que regía al mundo "cristiano", durante más de 1.200 años. Hasta las primeras revoluciones burguesas, que desde el siglo XVII comenzaron a poner freno al poder feudal. Pero veamos cuál era la relación de la jerarquía eclesiástica con los normandos, cuya legislación sirvió como modelo estatal durante el periodo mencionado.
En 1061, el Papa Alejandro II accedió al trono pontificio gracias a sus relaciones con la nobleza. Amigo personal de Guillermo de Normandía, en retribución por el apoyo prestado "bendijo su empresa de conquistar Inglaterra". (4)

Este problema ya había sido puesto bajo prescripción legal por la tradición israelita al menos 1.200 años antes de Cristo. Se le dio tanta importancia, que al establecer los Diez Mandamientos el adulterio es mencionado dos veces -en la sexta y la décima cláusula. Ello, en un módulo legal tan escueto, indica por cierto una especial valoración del tema. El decálogo de Moisés admoniza: "No andes con la mujer de tu prójimo" en el versículo 14 del capítulo 20. Para reafirmar: "No codicies su mujer..." en el versículo 17. (5) Evidentemente, Jesús no hizo otra cosa que respaldar la legislación de los israelitas, cuya religión profesaba y a quienes consideraba inspirados directamente por Dios.
Ahora bien, lleguemos al núcleo de la cuestión.
¿Qué estamos buscando, atacar a la jerarquía episcopal católica? Para nada. Las otras organizaciones llamadas cristianas, tanto la de Lutero, como la de Calvino u otros reformadores, no presentaron actitudes distintas en relación con este y otros privilegios de los bárbaros gobernantes. El anglicanismo tuvo su origen en la ruptura del rey inglés Enrique VIII con el Papa Clemente VII, que se oponía al divorcio del rey. Enrique deseaba casarse con Ana Bolena. Este deseo indujo a la Iglesia inglesa a su separación de Roma, cuando el Papa se negó a abolir el primer matrimonio de Enrique VIII con Catalina de Aragón. Acusada de traición y adulterio, fue condenada a muerte y decapitada. El rey se proclamó cabeza de la Iglesia de Inglaterra en 1534. La doctrina teológica católica se mantuvo al principio intacta. Más adelante, distintas influencias -y en concreto los puritanos- hicieron del anglicanismo una confesión intermedia. ¡Crear una iglesia nueva para poder cambiar de esposa! En esto se ve la insensatez que guía con frecuencia a la conducta humana. ¡Y todo un pueblo, constituido por millones de personas con inteligencia, aceptar estas imposiciones!
Es contra esta insensatez, esta irracionalidad, esta inhumanidad de los humanos -valga la aparente extravagancia del epitheton- y los sistemas de relación que han practicado, durante su ya larga existencia sobre la Tierra, que arremeteremos con empeño desde esta primera comunicación.
Pues de la misma barbarie destructiva que ha emanado el "derecho de pernada" en la Ley Normanda, se han originado gran parte de los decretos legales, que rigen las instituciones estatales aún el día de hoy.
Esta consagración de la violencia como respaldo legítimo del derecho, del egoísmo, la mezquindad, la ambición, como eje regulador de la cultura social, impide el establecimiento de aquellos valores anhelados durante milenios por la mayor parte de los humanos -los "otros" humanos, los que no tenemos (ni queremos) el poder-:
Esto es, la Paz, la Libertad, la Felicidad.


(1) Transcripto por J. Bühler, Vida y cultura en la Edad Media (primera edición alemana en 1931). La edición de donde fue tomada es la traducción al castellano de Wenceslao Roces, al cuidado de Daniel Cosío Villegas, publicada en 1946 por el Fondo de Cultura Económica de México.
(2) La palabra "Cristo" proviene del griego Jristos y del latín Christus, y significa ungido. "Mesías" es una palabra de los hebreos, aplicada en sus textos tradicionales a quien tiene "la misión de liberar, e implantar el derecho y la justicia en el mundo entero [...] La relación de amor y fidelidad entre el Mesías y su pueblo se expresa, como en el AT, (Os 2,16-18), con el símbolo conyugal". (Comentario de Luis Alonso Schökel y Juan Mateos, jesuitas, directores de los equipos del Instituto Oriental y del Instituto Bíblico de Roma, quienes junto a 14 catedráticos y numerosos miembros de dichos institutos tradujeron la Nueva Biblia Española. Primera edición, Ediciones Cristiandad, Huesca, Madrid, 1975.)
(3) Constantino derrotó a su contendiente, Majencio, en su guerra por el trono durante el año 312. Tuvo para eso el apoyo espiritual del obispo africano Milcíades (311-314). Premió a la Iglesia desechando las propuestas de los donatistas y otros agrupamientos cristianos, para otorgar a la línea romana un papel rector. En 314 el emperador -no el Obispo de Roma- convocó a un gran sínodo episcopal en su gran finca del Laterano. Este encuentro cimentaría las bases de lo que luego se iba a conocer con el nombre de Iglesia Católica Romana. Más tarde, en esta misma propiedad, el emperador romano construiría el primer gran monumento del catolicismo, la basílica "San Juan de Letrán". (Josef Gelmi, Die Päpste in Lebensbildern, Verlag Styria, Graz-Viena-Colonia, 1983.)
(4) Isaac Asimov. Cronología del Mundo. Primera edición en inglés: Harpers Collins Publishers, Inc. Primera edición en castellano, traducción de Vicente Villacampa: Editorial Ariel, S.A., Barcelona, 1992.
(5) La Biblia. Traducida, presentada y comentada "para las comunidades de Latinoamérica y para los que buscan a Dios", por un equipo pastoral bajo la dirección de Ramón Ricciardi. Nihil Obstat Alfonso Zimmermann C.ss.R. Primera edición: Ediciones Paulinas-Editorial Verbo Divino-Editorial Alfredo Ortells, Concepción, Chile, Madrid, España, 1972.


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